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Legislación/PAC

Carrefour también recibe sanción por la venta a pérdidas de aceite de oliva

Upa 3667
Foto: UPA

La Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura acaba de imponer una sanción de multa de 42.120 euros contra Carrefour por una denuncia presentada por UPA ante la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) por “venta con pérdidas” de aceite de oliva virgen. Esta nueva multa se suma a la que la Comunidad de Madrid y la Región de Murcia impusieron contra El Corte Inglés y a las denuncias que los olivareros han formulado en los últimos días contra Día por nuevas ofertas abusivas con el “oro líquido”.

La Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos presentó esta denuncia en enero de 2014, basándose en un estudio de mercado que demostraba que no se podía vender aceite de oliva virgen por debajo de los 2,20 euros/litro sin incurrir en pérdidas. En ese momento, Carrefour lanzó una campaña ofreciendo aceite a 1,89 euros/litro.

La organización agraria ha mostrado su alegría por una multa que por vez primera “rompe la barrera de los 3.000 euros” y tiene una cuantía superior que “se acerca más” al perjuicio económico que la venta con pérdidas provoca en el sector productor, en este caso en el del aceite de oliva.

“Las ofertas a precios por debajo de coste son muy dañinas para el sector”, aseguran los agricultores. “Sólo buscan atraer a los consumidores por el bajo precio”, ignorando el hecho de que sirven para “marcar precios del producto al principio de la campaña al condicionar la posición del resto de operadores de la distribución”.

En esta nueva sanción, la Junta de Extremadura ha tenido en cuenta “la solvencia económica de la empresa de distribución, la intencionalidad acreditada, la duración de la campaña y el volumen de facturación del gigante de la distribución Carrefour”.

UPA ha vuelto a hacer un llamamiento a todos los Gobiernos autonómicos para que hagan cumplir la Ley de Comercio Minorista que impide la venta a pérdidas como ya están haciendo Extremadura, Madrid, Murcia, Asturias o Galicia, e impongan sanciones “de una cuantía suficientemente disuasoria” por estas actuaciones.

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