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La Agencia de Información y Control Alimentarios se pone en marcha

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Foto: Magrama

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha puesto en marcha la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), un organismo creado en el marco de la Ley de medidas para la mejora del funcionamiento de la cadena alimentaria que sustituye en sus funciones a la Agencia para el Aceite de Oliva, que entraba en vigor el pasado 3 de enero.

Entre sus funciones, la Agencia gestionará los sistemas de información, seguimiento y análisis de los mercados oleícolas (aceite de oliva y aceituna de mesa) y lácteos, así como el análisis y difusión de sus resultados. En este sentido, el Ministerio creará un sistema de información, seguimiento y análisis específico para aquellos sectores o mercados alimentarios que considere especialmente sensibles o estratégicos.

Para ello, la Agencia establecerá y desarrollará un régimen de control para comprobar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los operadores de los citados sectores, con objeto de comprobar la veracidad e integridad de los datos que se incorporen a los sistemas de información de mercados.

La Agencia iniciará e instruirá los expedientes sancionadores por incumplimientos en el pago de las aportaciones obligatorias a las organizaciones interprofesionales o de productores en el sector oleícola (aceite de oliva y aceituna de mesa) y lácteo, formulando a las autoridades competentes las propuestas de resolución que correspondan.

Al mismo tiempo, establecerá y desarrollará el régimen de control necesario para comprobar el cumplimiento de la ley de medidas para la mejora de la cadena alimentaria. Así, comprobará las denuncias que le sean presentadas por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley e instruirá el procedimiento sancionador para formular la propuesta de resolución que proceda a la autoridad competente del Ministerio, o trasladarlas a la Comisión Nacional de la Competencia.

La Agencia podrá también iniciar de oficio el procedimiento sancionador que corresponda por las irregularidades que constate en el ejercicio de sus funciones que supongan incumplimientos de lo dispuesto en la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, y tras la correspondiente instrucción, proponer a la autoridad competente la resolución que proceda o, en su caso, formular denuncia ante la Comisión Nacional de la Competencia debidamente documentada.

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