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Agronomía

Hacia una fertilización más sostenible: en consulta la estructura del nuevo registro REGFER

El período para el envío de observaciones y comentarios estará abierto del 8 al 30 de abril de 2025
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Este instrumento tiene como finalidad garantizar una trazabilidad completa de los productos fertilizantes comercializados o aplicados en territorio español./Foto: 123rf

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha procedido a la audiencia e información públicas del proyecto de Orden por la que se desarrolla la estructura y funcionamiento del Registro General de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER), a efectos de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones o asociaciones afectadas. 

Este instrumento tiene como finalidad garantizar una trazabilidad completa de los productos fertilizantes comercializados o aplicados en territorio español, así como facilitar el control oficial por parte de las comunidades autónomas y generar estadísticas fiables para la planificación agraria. 

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 8 de abril y finaliza el 30 de abril de 2025, ambos inclusive.

Un registro obligatorio desde enero de 2026

Todos los agentes económicos que intervengan en la cadena de suministro de productos fertilizantes —fabricantes, importadores, distribuidores, empresas de servicios de fertilización y asesores técnicos— deberán estar inscritos en el REGFER antes de iniciar su actividad, siendo obligatoria su inscripción a partir del 1 de enero de 2026.

Las solicitudes deberán presentarse con al menos un mes de antelación al inicio de la actividad, mediante procedimientos electrónicos establecidos tanto a nivel autonómico como estatal, especialmente en el caso de operadores con sede en otros Estados miembros de la Unión Europea.

Estructura del REGFER

El REGFER está dividido en seis secciones específicas para reflejar la diversidad de roles existentes en el sector fertilizante:

  • Productores y fabricantes: operadores que fabrican o modifican productos fertilizantes dentro de España.
  • Importadores: introducen fertilizantes en el mercado español desde terceros países o desde otros Estados miembros.
  • Distribuidores: operadores intermedios que comercializan productos en el mercado nacional, incluidas las cooperativas.
  • Empresas de servicios de fertilización: entidades que prestan servicios de aplicación directa a explotaciones agrarias.
  • Asesores en fertilización: profesionales con titulación o formación acreditada en gestión agronómica de nutrientes.
  • Otros agentes económicos: roles no incluidos en las categorías anteriores.


Número de registro y trazabilidad nacional

Cada operador recibirá un número de registro único, estructurado con códigos de país, comunidad autónoma, provincia y una numeración correlativa. Esto permitirá centralizar y armonizar la información en todo el territorio nacional, incluso cuando una misma empresa opere en distintas provincias.

Declaraciones anuales y obligaciones informativas

Además de la inscripción, los agentes económicos estarán obligados a:

  • Comunicar modificaciones de datos, traslados de sede o ceses de actividad.
  • Actualizar anualmente sus datos de ventas, producción, importación o exportación antes del 31 de marzo.
  • En el caso de los asesores, notificar su baja, temporal o definitiva.

 

Revisión periódica y cancelación de registros

El mantenimiento del registro será responsabilidad de las autoridades competentes, que podrán requerir documentación de verificación y cancelar inscripciones por inactividad, incumplimiento o falta de renovación, especialmente en las secciones de servicios y asesoramiento (4 y 5), cuya inscripción tendrá una validez de 10 años.

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