web statistics
Mercado

Aceituna de mesa y aceite de oliva castellano-manchego: desde el campo a la mesa

Clm canal corto comercio oleo 5015
Foto: 123rf

Castilla-La Mancha, acaba de publicar en su Diario Oficial el decreto que regula la venta directa y que entrará en vigor dentro de 20 días. De esta manera, en el decreto se regulan dos modalidades que favorecerán este incremento: por un lado, la venta directa como tal, que se podrá realizar en la propia explotación o en establecimientos de titularidad del agente productor o de la agrupación a la que pertenezca; en el domicilio de la persona consumidora, o en ferias y mercados dentro de la comunidad autónoma y provincias limítrofes.

Además, la posibilidad de llevar a cabo un canal corto de comercialización, con un máximo de un intermediario, a través de un local habilitado al que le suministre directamente el agente productor o bien mediante la venta on line a través de internet.

En el decreto se permite que se puedan vender los productos propios primarios o transformados, en establecimientos de restauración o turismo o en un comercio minorista que sean propiedad del mismo agente productor agrario, siendo considerada como venta directa o venta en canal corto de comercialización.

El consejero de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural daba cuenta de ello e informaba de que los agricultores y ganaderos que se acojan a este decreto y lo soliciten, podrán utilizar un distintito que identificará estos productos, "Campo y Alma, directo a tu mesa".

Gracias la puesta en marcha de este decreto, se van a poder vender directamente a los consumidores aceituna de mesa, azafrán, caracoles, cereales, frutos rojos, todos los frutos de pepita y hueso, hortalizas, huevos, miel y sus derivados, frutos secos, legumbres, patatas, setas, trufa y todas las hierbas aromáticas, en la categoría de productos sin transformar.

En cuanto a los productos transformados, podrán vender aceite, cárnicos elaborados, todos los derivados lácteos como queso, yogur, cuajada, requesón; compotas, confituras, mermeladas, membrillos y similares, así como vinos, vinagre, cerveza y licores.

Todo ello, con una limitación por cantidad y volumen al año según el tipo de producto y las características de las explotaciones agrarias que vienen recogidos en el propio decreto, que indica un kilo al año máximo en azafrán o 5.000 litros anuales de aceite.

Más noticias

Firma acuerdo ifapa asemesa oleo110725
I+D+I
El sector de la aceituna de mesa apuesta por la sostenibilidad con un plan de riego con aguas regeneradas
Oriva apia beca prensa oleo110725
Mercado
Apuesta por el talento joven con becas en EFE y Europa Press
Acesur acredita su panel de cata por ENAC oleo110725
Envasadoras
Refuerzo en control de calidad y seguridad alimentaria mediante el exclusivo protocolo ‘Triple 3Xtra’
Informe agroalimentario cajamar oleo100725
Mercado
Informe 2024 del Observatorio sobre el sector agroalimentario español en el contexto europeo de Cajamar
Parcela Ensayos GOBiolivo 201 oleo100725
Agronomía
La biodiversidad del olivo es un recurso estratégico que debe protegerse y aprovecharse para asegurar el futuro del sector en esta provincia
Xylella fastidiosa tesis ias csic oleo100725
Plagas/Enfermedades
La tesis de Miguel Román profundiza en la ecología y riesgo fitosanitario de Xylella fastidiosa en España

Revista Óleo Revista

Óleo Semanal

Buscar en Óleo Revista

Empresas destacadas

Lo más leído de la semana