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Acesur, Migasa y Sovena se adhieren al Código PAOS de manera voluntaria

AMDPress.- Tres empresas pertenecientes al sector del aceite de oliva, Acesur, Migasa y Sovena se han adherido, de forma voluntaria, al Código de Autorregulación de la Publicidad de los Alimentos dirigida a menores (PAOS), que hoy, 15 de septiembre, entra en vigor. Incluido en la denominada Estrategia NAOS, dicho Código, según refleja un comunicado remitido por la FIAB, persigue el objetivo de guiar, mediante un conjunto de reglas y mecanismos, a las compañías adheridas en el desarrollo, ejecución y difusión de los mensajes publicitarios destinados a menores.

Asimismo, regulará la publicidad y el marketing destinado a niños con especial atención a los menores de doce años, el modo de presentación de los productos y la promoción de los mismos.

Como se recordará, la Estrategia NAOS parte del enfoque de la obesidad como un problema con múltiples causas y de un planteamiento basado en la colaboración voluntaria, como fórmula eficaz para lograr una mayor implicación de todos los actores económicos, sociales, e institucionales en relación con el problema de la obesidad.

Inscrito entre los acuerdos alcanzados por el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Federación de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB), hasta el momento han sido 33 las empresas del sector alimentario que se han adherido, entre las que se encuentran los principales inversores en publicidad para menores, lo que supone una representatividad de la inversión publicitaria destinada a niños de más de un 70%, que se han comprometido a respetar este conjunto de normas de una manera voluntaria.

El Código PAOS, cuyo cumplimiento vigilará Autocontrol (organismo español de autorregulación publicitaria) y se someterá a revisiones en función de su desarrollo y ejecución, establece mecanismos de control previos a la emisión de la publicidad y posteriores. Las sanciones previstas oscilarán entre los 6.000 euros por una infracción leve hasta los 180.000 euros por las graves.

Restringir la utilización de personajes famosos o conocidos de los anuncios destinados a un público infantil; establecer que los mensajes publicitarios no promuevan hábitos de alimentación o modos de vida poco saludables; y evitar, por ende, la presión excesiva con la indicación de que la publicidad no debe hacer un llamamiento directo a la compra de un producto son algunas de las normas que incluye dicho Código que, además, hace especial referencia a evitar la presión excesiva, con la indicación de que la publicidad no debe hacer un llamamiento directo a la compra de un producto, ni apremiar a su obtención, así como no incitar a que los menores persuadan a sus padres o a otras persona para que compren los productos anunciados.

El Código PAOS ha previsto la constitución de una Comisión de Seguimiento que, presidida por un representante de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria (AESA), está formada por tres representantes del Consejo de Consumidores y Usuarios, tres representantes de FIAB, y un representante de la Asociación Española de Anunciantes. La Comisión velará por el cumplimiento del Código, su adaptación a la realidad y su puesta al día, pudiendo plantearle denuncias hasta consumidores individuales.

El resto de empresas que han pasado a formar parte del Código PAOS son: Aguas de Fuensanta, Arteserena, Bimbo, Cadbury Schweppes Bebidas España, Campofrío, Casa Tarradellas, Clesa, Coca Cola, Corporación Alimentaria Peñasanta, Danone, Ebro Puleva, Gallina Blanca, Heinz Ibérica, Hero España, Industrias y promociones Alimentarias, Jealsa, Kellog's, Kraft Food Ibérica, La Bella Easo, Leche Pascual, Master Foods Effem España, Nestlé, Nutrexpa, Panrico, Pepsico, Pescanova, Snack Ventures, Unilever y United Biscuits.

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